COMPAÑIA RSO

COMPAÑIA RSO SA Informa a sus clientes que hemos cumplido con los tiempos de retención y conservación establecidos en el artículo 3 de la Resolución 839 del 2017: “La historia clínica debe retenerse y conservarse por el responsable de su custodia, por un periodo mínimo de quince (15) años, contados a partir de la fecha de la última atención. Los cinco (5) primeros años dicha retención y conservación se hará en el archivo de gestión y los diez (10) años siguientes en el archivo central.
Por lo cual se hará la respectiva eliminación de las siguientes Historias Clínica aqui publicadas.


NOTA IMPORTANTE: Si usted se encuentra dentro de este listado, puede acercarse a nuestras instalaciones y pedir copia de esta documentación o comunicarse con nuestras líneas de atencion al usuario.

Adjunto Listado de Información a publicar. (Recuerda no publicar en archivo de excel, word u otro que tenga acceso a modificación del mismo)